10.1 Plazo de Legalización del DUS:
El plazo de legalización del DUS podrá ser prorrogado antes de su vencimiento, siempre que las mercancías se encuentren embarcadas y que no se cuente con todos los antecedentes para formalizar la destinación.
La prórroga por 25 días corridos, será otorgada, a petición por vía electrónica del interesado
Resolución N° 5.661 – 20.12.2018
10.2. Plazo de Embarque:
El plazo de embarque podrá ser prorrogado, antes de su vencimiento, en caso en caso que la mercancía se encuentre en zona primaria y se estimare que no podrá ser embarcada dentro del plazo general.
La prórroga por 15 días corridos, será otorgada, a petición por vía electrónica del interesado.
En casos calificados podrá prorrogarse por otros 10 días más, previa solicitud vía manual del interesado.
10.3. No serán aceptadas prórrogas conjuntas por plazo de los plazos de embarque y legalización, para una sola operación, aún cuando sean solicitadas en momentos distintos.
10.4. La prórrogas vía electrónica deberán ser solicitadas por el despachador, a través de la opción “Solicitud de Prórroga” – “Tramitación en Línea , dispuesta en la página Web del Servicio.
La aceptación de la solicitud de prórroga electrónica, aparecerá en el módulo, que contendrá el número y fecha de la resolución que otorga la prórroga.